HABILITA IMSS SONORA REGISTRO EN LÍNEA PARA OTORGAR EL PERMISO COVID-19 A SUS DERECHOHABIENTES

Ciudad Obregón, Sonora, mayo del 2020.- Con la finalidad de prevenir y cortar las cadenas de transmisión y contagio del virus COVID-19, la Oficina de Representación en Sonora del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), habilitó el Permiso COVID-19 por medio de plataformas digitales para quien presente síntomas de infección respiratoria y requiera incapacidad.

El jefe del Departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas, Iván Roberto López Espinoza, destacó que se busca evitar y reducir el desplazamiento de la población asegurada a las Unidades de Medicina Familiar (UMF) o a cualquiera de las ocho subdelegaciones en el estado para el otorgamiento y trámite de cobro  de prestaciones.

Por lo tanto, aquellos trabajadores que tengan signos de infección, como tos, fiebre y dolor de cabeza, podrán solicitar este permiso, por hasta 14 días, en el portal electrónico del IMSS http//www.imss.gob.mx, así como en la aplicación móvil IMSS Digital.

Previo a la expedición del trámite, la persona asegurada debe proporcionar: teléfono de contacto, si está en situación de embarazo, fecha de inicio de síntomas, correo electrónico personal y número de la cuenta CLABE interbancaria a nombre de la asegurada, en el cual el IMSS podrá depositar el subsidio correspondiente en caso de ser aprobado.

El proceso es sencillo, solo se deberá contestar un cuestionario en el portal para determinar si procede o no el permiso especial para casos con síntomas leves, en caso de aprobarse el permiso especial por COVID-19, se enviará por correo electrónico y se hará válido como incapacidad por enfermedad general. Los únicos datos necesarios para acceder son CURP y Código Postal.

En caso de aprobarse el permiso especial por COVID-19, se enviará por correo electrónico para confirmar, y se hará válido como incapacidad por enfermedad general.

López Espinoza indicó que quienes soliciten dicho permiso deberán registrar su Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) y si existe un registro previo el depósito se hará a dicha cuenta, en caso de que el patrón del asegurado cuente con Convenio de Pago Indirecto y Reembolso de Subsidios, el permiso será pagado por el patrón.

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