Detiene SSPM a hombre por violencia familiar

* Sé un héroe si observas algún delito llama al 911 o al 089, Cajeme contigo es seguro

Ciudad Obregón, Sonora; Diciembre del 2022.- En atención a los llamados de personas en situación de vulnerabilidad agentes de la Unidad Municipal para Atender la Violencia Familiar de Género y Personas Vulnerables (UMAV), acudieron a un reporte de violencia en la colonia Campestre, donde se llevó a cabo la detención de una persona del sexo masculino.

La detención ocurrió minutos después de las 08:00 horas, en un domicilio de mencionado asentamiento urbano, donde vía frecuencia el C5i canalizó a la Policía Municipal el llamado de una mujer víctima de violencia familiar.

Ante el reporte los oficiales arribaron de inmediato al sitio, donde se entrevistaron con la persona afectada, quien informó a los oficiales que había su pareja identificada como José Antonio “N.”, de 50 años, minutos atrás la había agredido física y verbalmente.

Debido a lo anterior los elementos aprehendieron de inmediato al presunto, quien fue trasladado al edificio de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, para la elaboración del Informe Policial Homologado, posteriormente se turnó a las instancias correspondientes para la investigación del caso conforme a la ley.

La Secretaría de Seguridad Pública Municipal te recuerda que existen diversos tipos de violencia, como por ejemplo en situaciones donde alguien lastime tu cuerpo se trata de violencia física, mientras que si una persona te hace sentir mal de ti mismo es violencia psicológica, sexual si te toca sin permiso o te obliga a tocar su cuerpo, económica cuando te quitan tu dinero y patrimonial al no hacerse cargo de sus hijos o cuando te hurtan cosas de tu propiedad, si eres observas o eres víctima de alguno de estos delitos llama de forma directa al teléfono 6441681330 del grupo UMAV.

NOTA: Toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional, en los términos señalados en este Código. (Art.13 CNPP).

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