PERIÓDICO EXTRA DE LA TARDE

PROPONE ALICIA GAYTÁN LEY DE AMNISTÍA

Hermosillo, Sonora; septiembre de 2022.- Con la finalidad de erradicar procesos y sentencias injustas, la diputada Alicia Gaytán Sánchez presentó la iniciativa con proyecto de ley de amnistía para el Estado de Sonora.

“La ley prevé el otorgamiento de la amnistía por motivos que no necesariamente son políticos, sino para subsanar las deficiencias e injusticias que han estado presentes en diversos asuntos tramitados ante las instancias jurisdiccionales, como lo es la violación de derechos humanos de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, castigo por interrupción de embarazos, entre otros casos más”, apuntó.

Detalló que la amnistía se decretará a favor de una persona cuando se trate de aborto, es decir cuando se impute a la madre del producto del embarazo interrumpido; contra la salud, cuando el delito se haya cometido por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina, pareja sentimental, pariente consanguíneo o por afinidad sin limitación de grado.

Se decretará a favor por delitos imputados a personas campesinas o pertenecientes a los pueblos originarios, comunidades indígenas o afromexicanas, así mismo a las mujeres acusadas o sentenciadas por exceso de legítima defensa en la protección de su vida e integridad, o la de sus descendientes, entre otros.

Gaytán Sánchez detalló que la ley establece que la petición deberá ser presentada por escrito o por medios electrónicos habilitados para tal efecto, ante el Juez competente, debiendo acreditar la calidad con la que acude a solicitar amnistía, el supuesto por el que se considera podría ser beneficiario de la misma; el juez debe en el término de 3 días hábiles pronunciarse respecto a si admite, previene o desecha la solicitud, en caso de admitirse, contará con un plazo de 30 días hábiles, prorrogables atendiendo a cada caso.

Informó que el Congreso del Estado deberá integrar una Comisión Especial, con el fin de dar seguimiento a lo ordenado en la ley, así como para conocer de aquellos casos que por su relevancia son puestos a su consideración por medio de por personas que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con el interesado, o bien por organizaciones u organismos públicos defensores de derechos humanos debidamente registrados y sin fines de lucro por encuadrar en supuestos de violación de derechos o fallas en la aplicación de alguno de los principios penales del sistema acusatorio, o la plena presunción de fabricación de delitos.

La presente iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para su estudio y posterior dictaminación.

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