PRESENTA DIPUTADA ROSA MARÍA MANCHA ORNELAS INICIATIVA QUE ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SONORA

Hermosillo, Sonora, julio de 2019.- Con el fin de que se otorgue protección a menores de edad que han sido víctimas de turismo sexual en la entidad, así como proveer con las herramientas legales a las autoridades para que combatan o prevengan este tipo de delitos, la diputada por el XIV distrito, Rosa María Mancha Ornelas, presentó la iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona diversas disposiciones en el Código Penal del Estado de Sonora por este tipo de prostitución forzada.

La legisladora de MORENA aseguró que a pesar de que no es una problemática que caracterice a la entidad, y debido al constante crecimiento de este delito en el país, es necesario hacer adiciones sobre esta materia al artículo 169 el cual habla sobre explotación y prostitución de menores de 18 años.

“Se requiere de una adecuada organización y el marco legal necesario para atender y prevenir a niños que sufren esta situación, ya que no existe la denuncia y el seguimiento de investigación ante la falta de políticas públicas a nivel municipal, estatal y federal para prevenirlo; Hay estados, en los que se maquillan las cifras porque políticamente no es conveniente que se sepa que en esos lugares se presenta el fenómeno del turismo sexual”, detalló.

La iniciativa de adición al Código Penal del Estado son los artículos 169-B y 169-C, los cuales señalan que cualquier persona que viaje al interior o exterior del estado con la finalidad de realizar algún tipo de actividad sexual con menores de 18 años, se les deberá de imponer una pena de 10 a 15 años con una multa de mil a mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

De igual manera se impondrá una multa dos mil a tres mil UMA así como una pena de 15 a 20 años de prisión a aquellas personas que mantengan relaciones sexuales con menores que no tienen la capacidad de comprender el significado del hecho.

Mancha Ornelas se pronunció a favor de que se adicionen estas disposiciones al artículo 169 del Código Penal del Estado de Sonora, pues el turismo sexual es un fenómeno que debe atenderse de manera puntual por parte de las y los legisladores, para con ello evitar el arraigo deleznable de esta práctica en el Estado.

La presente iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para su análisis y dictaminación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *